RETROCEDE LA FUSIÓN POR ABSORCIÓN... Hoy 14 de octubre se promulgó el Decreto Supremo 002-2010-MC el cual deja sin efectos los incisos del DS 001, por medio del cual Ministerio de cultura iba a desaparecer las escuelas de arte.
El Ministerio de Cultura ya no absorberá a las escuelas pero sigue pendiente la respuesta a la pregunta: ¿qué profesional artista necesita el Perú?... Parte de la situación azarosa que viven las escuelas (Bellas Artes no ha recibido un presupuesto que asegure la calidad educativa ahora que ya tiene nivel universitario) es que el país no siente como algo suyo los centros donde se están formando los especialistas de la sensibilidad y la imaginación que, luego, con su creación formaran parte del imaginario colectivo, ese que genera cohesión social. Hay que decir: arte para qué y decirlo con fuerza, en esto hay corresponsabilidades, sí, la que corresponde al MINEDU y las que corresponden a las propias instituciones... sabiendo que para las escuelas este es un terma complicado, pues deben lidiar con múltiples dificultades para asegurar la marcha fluida de los estudios y, además, enfrentar la indiferencia del Gobierno o sus desatinos.
Juan Ossio "antropólogo palaciego" debiera sorprendernos con algo que nos haga pensar que es capaz de renacer. Pero... "De manera totalmente inconsulta y sorpresiva, el Poder Ejecutivo decretó la fusión por absorción de las cinco Instituciones Nacionales de Educación Artística Superior más representativas entre las cua ...les figuran el Conservatorio Nacional de Música, la Escuela Nacional Superior Autónoma de Bellas Artes del Perú, la Escuela Nacional de Folklore “José María Arguedas”, la Escuela Nacional de Arte Dramático y la Escuela Nacional de Ballet en el Ministerio de Cultura (Decreto Supremo N° 001-2010-MC de fecha 25 de setiembre de 2010)". (Fragmento del "Pronunciamineto No a la destrucción de las escuelas de arte")
Algo de información sobre este desatino en: http://lamula.pe/2010/10/06/declaran-la-extincion-del-conservatorio-de-musica-la-escuela-de-bellas-artes-y-mas/4042
Algo de información sobre este desatino en: http://lamula.pe/2010/10/06/declaran-la-extincion-del-conservatorio-de-musica-la-escuela-de-bellas-artes-y-mas/4042
Sin consultarles y de manera sorpresiva el Poder Ejecutivo ha decretado la fusión por absorción de las cinco Instituciones Nacionales de Educación Artística Superior más representativas, que son el Conservatorio Nacional de Música, la Escuela Nacional Superior Autónoma de Bellas Artes del Perú, la Escuela Nacional de Folklore “José María Arguedas”, la Escuela Nacional de Arte Dramático y la Escuela Nacional de Ballet en el Ministerio de Cultura (Decreto Supremo N° 001-2010-MC de fecha 25 de setiembre de 2010), desconociendo la naturaleza educativa y formativa de estas instituciones.
En imagen el Pronunciamiento de la ENSABAP (06/10/2010) frente a este tema.
Este es el Pronunciamiento del Conservatorio.
¡Inminente desaparición del Conservatorio Nacional de Música decretada por el gobierno: grave atentado contra la educación artística y la cultura!
Primer Decreto Supremo del Ministerio de Cultura
atenta contra las Instituciones Nacionales de Educación Artística Profesional, Leyes y Constitución
Ante el violento atropello de la función educativa del Conservatorio Nacional de Música decretada por el Supremo Gobierno, la comunidad institucional manifiesta:
De manera totalmente inconsulta y sorpresiva, el Poder Ejecutivo decretó la fusión por absorción de las cinco Instituciones Nacionales de Educación Artística Superior más representativas entre las cuales figuran el Conservatorio Nacional de Música, la Escuela Nacional Superior Autónoma de Bellas Artes del Perú, la Escuela Nacional de Folklore “José María Arguedas”, la Escuela Nacional de Arte Dramático y la Escuela Nacional de Ballet en el Ministerio de Cultura (Decreto Supremo N° 001-2010-MC de fecha 25 de setiembre de 2010). Ello constituye el golpe más duro que haya recibido el Conservatorio Nacional de Música en sus más de cien años de prestigiosa existencia.
La Educación artística Superior no es competencia del Ministerio de Cultura, en consecuencia el Decreto Supremo N° 001-2010-MC es ilegal e inconstitucional pues viola el Artículo 4° de la Ley de Creación del Ministerio de Cultura, Ley Nº 29565, la misma que señala con precisión cuales son sus áreas programáticas de acción.
Adicionalmente el citado Decreto Supremo vulnera la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, Ley N° 29158, la Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, Ley N° 27658, la Ley de Creación del Conservatorio, Ley N° 1725, la Ley de restitución del nombre del Conservatorio Nacional de Música, Ley N° 26341, la Ley de autonomía y régimen de gobierno especializado del Conservatorio, Ley N° 28329, y la Ley que otorga rango académico universitario al Conservatorio, Ley N° 29292.
El citado Decreto Supremo genera, entre otros, los siguientes incalculables perjuicios al Conservatorio Nacional de Música:
· Desintegración de la institución y desaparición de su nombre.
· Transferencia de sus bienes muebles e inmuebles, personal, acervo documentario, derechos, obligaciones, activos y pasivos al Ministerio de Cultura.
· Pérdida de la prioridad en el otorgamiento de presupuesto como ente perteneciente al Sector Educación (Artículo 16°, Constitución Política del Perú)
· Suspensión inminente del proceso de admisión, el proceso de elección de autoridades similar al sistema universitario, expedición de grados y títulos y otras acciones con efectos para el próximo año como consecuencia del proceso de fusión por absorción.
Es inaudito que el mencionado Decreto Supremo sustente erróneamente y justifique la fusión por absorción dentro del Ministerio de Cultura señalando que las instituciones de educación artística superior promueven las expresiones artísticas como finalidad principal, desconociendo y desnaturalizando su función esencialmente EDUCATIVA.
Por lo expresado, el Conservatorio Nacional de Música, junto a las demás instituciones afectadas, el día 1 de octubre de 2010 han solicitado con la debida fundamentación jurídica al Ministro de Cultura la derogación de los incisos f), g), h) i) y j) del numeral 1.1 del Artículo 1° del D.S. N° 001-2010-MC, por vulnerar leyes y la Constitución a fin de que se excluyan a estas entidades del sector cultura; acción que exigimos sea tomada en el más breve plazo.
Lima, 05 de octubre de 2010
Primer Decreto Supremo del Ministerio de Cultura
atenta contra las Instituciones Nacionales de Educación Artística Profesional, Leyes y Constitución
Ante el violento atropello de la función educativa del Conservatorio Nacional de Música decretada por el Supremo Gobierno, la comunidad institucional manifiesta:
De manera totalmente inconsulta y sorpresiva, el Poder Ejecutivo decretó la fusión por absorción de las cinco Instituciones Nacionales de Educación Artística Superior más representativas entre las cuales figuran el Conservatorio Nacional de Música, la Escuela Nacional Superior Autónoma de Bellas Artes del Perú, la Escuela Nacional de Folklore “José María Arguedas”, la Escuela Nacional de Arte Dramático y la Escuela Nacional de Ballet en el Ministerio de Cultura (Decreto Supremo N° 001-2010-MC de fecha 25 de setiembre de 2010). Ello constituye el golpe más duro que haya recibido el Conservatorio Nacional de Música en sus más de cien años de prestigiosa existencia.
La Educación artística Superior no es competencia del Ministerio de Cultura, en consecuencia el Decreto Supremo N° 001-2010-MC es ilegal e inconstitucional pues viola el Artículo 4° de la Ley de Creación del Ministerio de Cultura, Ley Nº 29565, la misma que señala con precisión cuales son sus áreas programáticas de acción.
Adicionalmente el citado Decreto Supremo vulnera la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, Ley N° 29158, la Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, Ley N° 27658, la Ley de Creación del Conservatorio, Ley N° 1725, la Ley de restitución del nombre del Conservatorio Nacional de Música, Ley N° 26341, la Ley de autonomía y régimen de gobierno especializado del Conservatorio, Ley N° 28329, y la Ley que otorga rango académico universitario al Conservatorio, Ley N° 29292.
El citado Decreto Supremo genera, entre otros, los siguientes incalculables perjuicios al Conservatorio Nacional de Música:
· Desintegración de la institución y desaparición de su nombre.
· Transferencia de sus bienes muebles e inmuebles, personal, acervo documentario, derechos, obligaciones, activos y pasivos al Ministerio de Cultura.
· Pérdida de la prioridad en el otorgamiento de presupuesto como ente perteneciente al Sector Educación (Artículo 16°, Constitución Política del Perú)
· Suspensión inminente del proceso de admisión, el proceso de elección de autoridades similar al sistema universitario, expedición de grados y títulos y otras acciones con efectos para el próximo año como consecuencia del proceso de fusión por absorción.
Es inaudito que el mencionado Decreto Supremo sustente erróneamente y justifique la fusión por absorción dentro del Ministerio de Cultura señalando que las instituciones de educación artística superior promueven las expresiones artísticas como finalidad principal, desconociendo y desnaturalizando su función esencialmente EDUCATIVA.
Por lo expresado, el Conservatorio Nacional de Música, junto a las demás instituciones afectadas, el día 1 de octubre de 2010 han solicitado con la debida fundamentación jurídica al Ministro de Cultura la derogación de los incisos f), g), h) i) y j) del numeral 1.1 del Artículo 1° del D.S. N° 001-2010-MC, por vulnerar leyes y la Constitución a fin de que se excluyan a estas entidades del sector cultura; acción que exigimos sea tomada en el más breve plazo.
Lima, 05 de octubre de 2010
Conservatorio Nacional de Música
Jr. Carabaya 421, Lima
www.cnm.edu.pe
Teléfono: 426 5658
La Nota de Prensa sobre este tema de la ENSF José María Arguedas
NOTA DE PRENSA
ENSF JOSÉ MARÍA ARGUEDAS EXIGE DEROGAR DECRETO INCONSTITUCIONAL
Tras la publicación del Decreto Supremo Nº 001-2010-MC, que aprueba la fusión por absorción de entidades y órganos en el Ministerio de Cultura, publicado el día 25 de setiembre del presente año, la Escuela Nacional Superior de Folklore José María Arguedas, expresa su total desacuerdo porque establece la EXTINCIÓN JURÍDICA de la institución, la que después del 31 de diciembre del presente año dejaría de existir por una reestructuración ajena a los objetivos fundamentales para los que fue creada.
El D.S, aduciendo que existe similitud por la especialidad, ordena erróneamente la absorción por el Ministerio de Cultura, haciendo una equivocada interpretación de la Ley de Modernización del Estado; es decir, homologa funciones de diferente naturaleza. En ese sentido, las funciones de las escuelas de formación artística están normadas por dispositivos superiores a un decreto, como la Ley 29292 que regula la vida institucional y académica de las Escuelas Superiores de Formación Artística.
61 años de labor por una identidad cultural
La ENSF José María Arguedas, se ha desarrollado con el esfuerzo autónomo de su comunidad educativa, en el camino de la calidad y excelencia académica y artística. Cuenta con un plan de estudios aprobado por la Asamblea Nacional de Rectores y ejecuta programas académicos de carácter superior. Asimismo, ha capacitado a más de 1500 docentes por encargo del Ministerio de Educación, a través del Programa Nacional de Formación y Capacitación Profesional (PRONAFCAP). En los últimos tres años, sus estudiantes superaron la nota mínima aprobatoria (14) en los exámenes de admisión para la carrera docente aplicados por el MINEDU. El decreto en cuestión, desconoce estos importantes logros y atenta contra los propósitos señalados por el Proyecto Educativo Nacional y los objetivos del Acuerdo Nacional.
El citado decreto es inconstitucional, pues pretende legislar sobre las facultades y obligaciones de las Leyes 29292 y 29394 concretando en su disposición complementaria un hecho totalmente antijurídico al derogarlas de manera tácita. Como se sabe, el Art. 51 de la Constitución Política del Perú, establece que un Decreto Supremo tiene menor rango que una ley. El D.S, amparado en la Ley de Modernización, asume que tanto el Ministerio de Cultura como las escuelas, tienen por finalidad fundamental la promoción artística o cultural. Ésta es función principal del ministerio, no de las escuelas cuyo objetivo central es FORMAR ACADÉMICA Y PROFESIONALMENTE A DOCENTES Y ARTISTAS, y en el caso de la ENSF José María Arguedas, realizar, además, labores de investigación y difusión.
ENSF JOSÉ MARÍA ARGUEDAS EXIGE DEROGAR DECRETO INCONSTITUCIONAL
Tras la publicación del Decreto Supremo Nº 001-2010-MC, que aprueba la fusión por absorción de entidades y órganos en el Ministerio de Cultura, publicado el día 25 de setiembre del presente año, la Escuela Nacional Superior de Folklore José María Arguedas, expresa su total desacuerdo porque establece la EXTINCIÓN JURÍDICA de la institución, la que después del 31 de diciembre del presente año dejaría de existir por una reestructuración ajena a los objetivos fundamentales para los que fue creada.
El D.S, aduciendo que existe similitud por la especialidad, ordena erróneamente la absorción por el Ministerio de Cultura, haciendo una equivocada interpretación de la Ley de Modernización del Estado; es decir, homologa funciones de diferente naturaleza. En ese sentido, las funciones de las escuelas de formación artística están normadas por dispositivos superiores a un decreto, como la Ley 29292 que regula la vida institucional y académica de las Escuelas Superiores de Formación Artística.
61 años de labor por una identidad cultural
La ENSF José María Arguedas, se ha desarrollado con el esfuerzo autónomo de su comunidad educativa, en el camino de la calidad y excelencia académica y artística. Cuenta con un plan de estudios aprobado por la Asamblea Nacional de Rectores y ejecuta programas académicos de carácter superior. Asimismo, ha capacitado a más de 1500 docentes por encargo del Ministerio de Educación, a través del Programa Nacional de Formación y Capacitación Profesional (PRONAFCAP). En los últimos tres años, sus estudiantes superaron la nota mínima aprobatoria (14) en los exámenes de admisión para la carrera docente aplicados por el MINEDU. El decreto en cuestión, desconoce estos importantes logros y atenta contra los propósitos señalados por el Proyecto Educativo Nacional y los objetivos del Acuerdo Nacional.
El citado decreto es inconstitucional, pues pretende legislar sobre las facultades y obligaciones de las Leyes 29292 y 29394 concretando en su disposición complementaria un hecho totalmente antijurídico al derogarlas de manera tácita. Como se sabe, el Art. 51 de la Constitución Política del Perú, establece que un Decreto Supremo tiene menor rango que una ley. El D.S, amparado en la Ley de Modernización, asume que tanto el Ministerio de Cultura como las escuelas, tienen por finalidad fundamental la promoción artística o cultural. Ésta es función principal del ministerio, no de las escuelas cuyo objetivo central es FORMAR ACADÉMICA Y PROFESIONALMENTE A DOCENTES Y ARTISTAS, y en el caso de la ENSF José María Arguedas, realizar, además, labores de investigación y difusión.
Imagen satirizando la situación...
Pregunto: ya de por sí la relación del Gobierno ha sido por años de indiferencia a la educación artística, por no decir la propia cultura como la última rueda del coche... y cuando decide hacer algo es para hacer más daño aún, ¿nos quedamos solo en pensar que el gobierno tiene funcionarios necios e ineptos o hay algo más?
miren la denuncia del Arqueologo Luis Fernandez
ResponderEliminarque desgracia asi estamos en el ministerio de Cultura
http://luisfernperu.blogspot.com/
Miren esta denuncia
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miren estz denuncia
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